Por Bruno Cortés
La relación entre la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y algunos medios de comunicación entró en una nueva zona de discusión pública luego de que un recuento de sus conferencias matutinas identificó al menos 13 ocasiones en las que la mandataria criticó, desestimó o desacreditó a medios, periodistas o voces críticas desde Palacio Nacional.
El registro, elaborado a partir de versiones oficiales, coberturas periodísticas y declaraciones públicas, abarca del 1 de octubre de 2024 al 26 de mayo de 2026. En ese periodo, las menciones más reiteradas se concentraron en dos frentes: Carlos Loret de Mola y Latinus, por un lado, y Ricardo Salinas Pliego y TV Azteca, por el otro.
El dato no es menor en la grilla nacional. De las 13 intervenciones documentadas, 7 estuvieron relacionadas con Loret de Mola o Latinus, mientras que 4 apuntaron a TV Azteca o Salinas Pliego. Las otras dos correspondieron a críticas contra concesionarios de medios por propaganda extranjera y contra medios internacionales como CNN y The New York Times.
El caso tomó mayor fuerza después de que Sheinbaum dijera “No vean TV Azteca” durante una conferencia matutina, en respuesta a contenidos y campañas que atribuyó a la televisora y a su propietario. La frase provocó una respuesta pública de TV Azteca, que acusó un intento de censura y una agresión contra la libertad de expresión.
En términos jurídicos, el episodio no constituye censura directa, porque no se ha documentado una orden gubernamental para cerrar un medio, retirar una concesión, bloquear una transmisión o impedir la publicación de contenidos. La televisora continúa operando y los periodistas mencionados mantienen sus espacios públicos.
Sin embargo, el debate se ubica en otro terreno: la posible censura indirecta. Este concepto se refiere al uso de vías no explícitas para presionar, inhibir o castigar a medios y periodistas, como el uso discrecional de recursos públicos, amenazas regulatorias, estigmatización desde el poder o campañas oficiales que puedan afectar el ejercicio informativo.
La Constitución mexicana protege la libertad de difundir opiniones, información e ideas por cualquier medio y prohíbe restricciones por vías indirectas. Bajo ese marco, la crítica presidencial no está prohibida, pero sí debe observar límites cuando se dirige desde una tribuna oficial contra actores específicos de la prensa.
El patrón observado muestra una escalada. En 2025, las expresiones presidenciales se centraron en términos como “montajes”, “propaganda”, “mentiras” y “difamación”. Para mayo de 2026, el discurso avanzó hacia fórmulas más directas, como el anuncio de un posible “mitómano de la semana” y el llamado abierto a no consumir un canal de televisión.
La diferencia es importante: no es lo mismo que el gobierno desmienta una nota, presente datos o solicite derecho de réplica, a que desde la Presidencia se señale de manera reiterada a medios concretos como emisores de mentiras o propaganda. En el barrio político chilango eso se entiende rápido: una cosa es responder con papeles sobre la mesa y otra es echarle el reflector presidencial a un adversario mediático.
También hay que distinguir entre confrontación discursiva y censura consumada. La evidencia disponible permite hablar de un patrón sistemático de confrontación verbal y estigmatización contra ciertos medios y periodistas, pero no alcanza por sí sola para afirmar que exista una censura indirecta plenamente acreditada en términos legales.
Para que esa conclusión fuera sólida, tendría que demostrarse una cadena de consecuencias: sanciones regulatorias selectivas, retiro discriminatorio de publicidad oficial, inspecciones o acciones administrativas ligadas a la línea editorial, amenazas verificables, campañas coordinadas o efectos concretos de inhibición contra periodistas y redacciones.
Aun así, el riesgo institucional existe. La palabra presidencial no pesa igual que la de cualquier actor político. Cuando se emite desde la conferencia matutina, con transmisión oficial, estructura gubernamental y repetición diaria, puede tener efectos sobre audiencias, funcionarios, simpatizantes, anunciantes y actores del ecosistema mediático.
El caso también ocurre en un ambiente donde la comunicación presidencial mantiene un papel central en la agenda pública. Las mañaneras funcionan como foro informativo, espacio de réplica, mecanismo de posicionamiento político y escenario de disputa narrativa. Por eso, cualquier señalamiento hecho ahí puede multiplicarse rápidamente en redes sociales, columnas, mesas de debate y conversaciones públicas.
Los estándares internacionales sobre libertad de expresión advierten que los funcionarios deben evitar discursos estigmatizantes contra periodistas, especialmente en contextos de polarización o violencia. El principio es sencillo: el Estado puede defenderse de información falsa, pero debe hacerlo con evidencia, no con llamados que puedan traducirse en presión social o política contra la prensa.
Desde esa perspectiva, el caso Sheinbaum-medios deja una conclusión con dos carriles. Primero, la Presidenta tiene derecho a responder, desmentir y debatir públicamente con medios y periodistas. Segundo, por la fuerza de su cargo, debe evitar que esa respuesta se convierta en señalamiento sistemático, escarnio institucional o invitación al castigo reputacional.
El fondo del asunto no está solo en contar cuántas veces se criticó a un medio, sino en revisar el tono, la frecuencia, el blanco y las consecuencias. El recuento disponible muestra al menos 13 episodios verificables y una concentración clara en adversarios mediáticos específicos. Eso no prueba por sí mismo censura indirecta consumada, pero sí configura un foco rojo democrático.
En el cierre, la pregunta pública queda abierta: ¿las mañaneras son un espacio de rendición de cuentas o también una plataforma de presión contra voces críticas? La respuesta dependerá de cómo evolucione la relación entre el poder presidencial y la prensa, y de si las críticas se mantienen en el terreno del debate o avanzan hacia mecanismos de castigo institucional.



